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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

Contemplado en la Ley 115 de 1994 “Por la cual se expide la Ley General de Educación” en:

ARTÍCULO 73.- Proyecto educativo institucional. Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos docentes didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos.

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Ver Proyecto Educativo.

EL CASTILLO - META - COLOMBIA

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